Mujeres, mayores de 52 años y con dedicación exclusiva de 24 horas al día a los dependientes. Así es el perfil de los cuidadores no profesionales

El Gobierno aprobaba en Consejo de Ministros el 1 de marzo, dotar con 300 millones de euros a los cuidadores no profesionales. Una figura que recoge como ‘excepcional’ la Ley de Dependencia y que según Ceaps, principal representante del sector de la Dependencia en España, “va en contra del espíritu de la Norma y perjudica a las mujeres que dejan sus vidas para dedicarse en exclusiva al cuidado de sus seres queridos”.

Esta afirmación del Círculo Empresarial de Atención a las Personas se basa en datos del Imserso que indican que el perfil del cuidador de persona dependiente en España corresponde a una mujer, en el 85 % de los casos, de 52 años de media (el 20 % tiene más de 65 años y casi un tercio ha cumplido los 60) y casada. Y se basa en estudios como el de la Fundación Caser en el que se indica que “la jornada de los cuidadores suele ser larga y sin horario: mañana, tarde y noche, lo que significa una atención constante y estar pendiente de una persona las 24 horas del día, todos los días del año. El principal esfuerzo se lo lleva el vestir, desvestir, asear o duchar a la persona dependiente; le siguen hacer la comida, la compraC y la limpieza del hogar”.

La realidad de 2019 es el que el cambio de tendencia demográfica y del modelo de cultura tradicional, la incorporación de la mujer al mercado de trabajo, el envejecimiento poblacional y la dependencia creciente hacen necesario el paso de un modelo de cuidado tradicional a un nuevo modelo en el que el Estado asuma un importante papel en la provisión de cuidados y estos sean desempeñados por profesionales. Por ello “no entendemos que se siga dando la responsabilidad del cuidado a esas mujeres, esposas e hijas en su mayoría, que requerirán más apoyo que sus progenitores en 20 años pero con unos Servicios Sociales sin recursos por no haber sido reforzados a tiempo”, como expresa Cinta Pascual, presidenta de Ceaps.

Además apuntaba que “¿alguien le ha preguntado a la persona con dependencia si quiere que su mujer y su hija abandone su vida, su carrera, deje su ciudad y su independencia para cuidarlo? Un padre, por ejemplo que ha luchado por dar una educación a sus hijos no quiere que lo deje todo paralizado por él si hay otras alternativas, ¿alguien les ha preguntado?”.

 

MOTOR DE EMPLEO. De media, según un estudio realizado el Departamento de Economía y Finanzas de la Universidad de Castilla La Mancha, se generan de media al año 200.000 empleos al año con la aplicación de la Ley de Dependencia. Empleo cualificado, muy feminizado y no deslocalizable con un volumen de crecimiento alto ya que las perspectivas demográficas y el aumento de la calidad de vida marcan una necesidad por la necesidad de incrementar los servicios.

“Por ello, apoyar los cuidados profesionales implica apostar por las mujeres, que son los motores de la lucha contra la despoblación y hacerlo en condiciones justas y de igualdad con respecto a los hombres”, apuntaba Pascual.

Según la Ley de Dependencia, los servicios tienen carácter prioritario y se prestan a través de la oferta pública de la Red de Servicios Sociales de las diferentes comunidades autónomas, mediante centros y servicios públicos o privados concertados debidamente acreditados.

Si la red pública no dispone del servicio que le corresponde, el dependiente tendrá derecho a una prestación económica vinculada al servicio para que pueda contratarlo en el mercado privado, por ello, desde Ceaps se considera que “si se dotase financieramente adecuadamente la Prestación Vinculada al Servicio se conseguiría que inmediatamente saliesen del limbo de la ley de Dependencia 37.500 personas saliesen del limbo de la Dependencia y llevaría directamente a la contratación de profesionales generando empleo y riqueza que revierte directamente en el mantenimiento del Estado de Bienestar”.

¿Qué derechos garantizan a las mujeres los cuidados profesionales?

1.- Profesionalización y formación adecuada

2.- Calidad de vida para los cuidadores

3.- Libertad de elección de la persona con dependencia

4.- Horarios y salarios establecidos por convenio

5.- Reconocimiento a derechos laborales como: descanso semanal, el reconocimiento de la baja…

6.- Pensiones dignas

7.- DAR AMOR AL SER QUERIDO, no sentirse FORZADO A CUIDAR

 

 

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07-03-2019

L'ONADA SERVEIS